I bolviendo à lo de los Yanaconas, concluyo, que en caso que se permitan ò dissimulẽ dissimulen , deben saber los que los posseyeren, que no los han de apurar, ni trabajar demasiadamente, como se lo mandan las ordenanças del Virrey don Frā cisco Francisco , i en semejantes vassallos, lo resuelven quantos tratā tratan de sus servicios, siguiendo la ley Imperial, que assi lo decide.
Ni los han de quitar sus hijos, mugeres, ni haziẽ das haziendas , ni castigarlos con aspereza, porque esta basta, para que aun à los Señores se les puedan quitar los esclavos,
i por el consiguiente obra con mayor fuerça, para que los Barones, ò Encomẽderos Encomenderos , que excedierẽ excedieren en ello, pierdan sus vassallos, Adscripticios, ò Yanaconas, segun la dotrina de Bartolo recebida comunmente por otros Autores.
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