I por averse tenido noticia, que
todavia duraba este modo de servicio personal en el Reino de Chile, con grave daño, i vexacion de
los Indios, se despachò otra cedula en 8. de Diziembre de 1610.
años, dirigida al dicho Marques
de Montesclaros, mandandole apretadamente le reformasse. La
qual puso en execucion su sucessor
en aquel cargo Principe de Esquilache, aviendo hecho para ello muchas juntas de personas graves,
doctas, i entendidas de estas materias, i formado, con su acuerdo,
las ordenanças que para ello se tuvieron por convenientes. Aunque
ni alli, ni en Veneçuela, Popayan,
i otras partes, acaban de ajustarse
à ellas, i assi se van repitiendo las
mesmas cedulas.