¶ Tractado en que a la clara se ponen y determinan las materias de los prestamos que se vsan entre los que tractan y negocian: y delos logros y compras adelantadas y ventas al fiado. etc. Compuesto por fray Luys de Alcala / de la orden del bienauentutado padre sant Francisco de obseruancia: de la prouincia de Castilla. Uisto y examinado por el consejo Real destos Reynos.
Con auctoridad assi mismo / y aprobacion del capitulo prouincial de la orden del auctor / y tambien Con priuilegio Imperial. Concedido a diez y ocho de Março de. 1543. Años.¶ El auctor deste tractado al benigno lector.
NO son pocas las vezes prudente lector / que he sido importunado / lo vno de porfias de algunos
hombres / que buscando excusaciones para sus pecados: han querido defender la materia delos prestamos que hazen y toman ensus negociaciones: sin
querer para ellos admitir limitacion alguna que sea: lo otro
de ruegos de otros / que andan en esto con mas temor de consciencia los quales dessean mucho tener claridad enlas cosas semejantes para hallarse el dia dela muerte con menos carga
de peccados y delos bienes ajenos: porque assi puedan tener
mayor seguridad de no perder el fin bienauenturado: para el
qual todos fuymos criados. Ha se tambien a esto juntado:
la instancia charitatiua de algunos padres confessores / que
no podian leer tantos libros: quantos se requiere leer / y avn
muy bien rumiar / para determinacion delas materias / que
en este tractado (avn que breue) se contienen. Porestas razones / y por no querer assi mismo del todo / esconder debaxo la
tierra el pequeño talento que de nuestro señor rescebi: avn que
de verdad con miedo y temor de mi poco saber / copile lo que
aqui va: y despues de mostrado a muchos hombres doctos / y
passado por el examen que al principio se pone: he trabajado que
se imprima / para gloria de dios y prouecho de vnos y otros.
y la intencion deste prouecho: me le hizo poner en romance /
porque assi los que defendian su opinion como los que dessean saber lo cierto / y no saben latin: no dexen de entender lo que digo.
Lo qual empero no ha causado poca dificultad: trabajando
(como era necessario) de dar al romance / no ſolamente el sentido mas a vn las proprias palabras que los textos y doctores ponen en latin. Por todo se de gloria ala clemencia del
Rey delos cielos: al qual assi mismo se atribuya qualquier cosa buena que aqui se hallare: y (porel contrario) a mi poquedad y rudeza / lo que tal no fuere.
-
¶Tabla delos parrafos y cosas aqui contenidas.
- ¶ El caso y question sobre que se funda este tractado. Folio. j. plana. j.
-
¶ Notable primero.
- EL primer notable en que se tracta. Que cosa es vsura o logro: y en que consiste / comiença / eodem. fo. et pla.
- ¶ §. j. difinicion de la vsura. enla misma hoja y plana.
- ¶ §. ij. que cosa es la demasia que se veda en el prestar / y vna regla general para conoscer lo que es logro. eodem. fo. pla. ij.
- ¶ Quatro maneras de cambios. fo. ij. pla. j.
- ¶ §. iij. distincion delos contractos que se llaman mutuum commodatum y locatum. fo. ij. pla. ij.
- ¶ Que enlos precios ay alguna anchura / y quando se dize venderse el tiempo. fo. iij. pla. j.
- ¶ §. iiij. que el que presta puede tener dos intenciones / y que la primera que es mala / puede ser de tres maneras. folio. iij. pla. ij.
- ¶ §. v. de la vsura mental. fo. iiij. pla. j.
- ¶ §. vj. de la segunda intencion en el prestar / que no es mala. folio. v. pla. j.
- ¶ §. vij. que lo que se puede esperar por la dicha segunda intencion nose ha de reduzir a obligacion / y diferencia delas dichas dos intenciones. eodem. fo. pla. ij.
- ¶ §. viij. declaracion de las dos postreras palabras que se pusieron enla difinicion de la vsura. eodem. folio. pla. ij. y folio. vj. pla. j.
- ¶ §. ix. de treze casos en que licitamente se lleua demasia. ibidem.
- ¶ §. x. que el Scoto comprehende todos estos casos / debaxo de dos maneras de justa demasia. fo. vij. pla. j.
- ¶ §. xj. prosigue los casos del Scoto: y habla delos que compran y venden fiado. vbi supra.
- ¶ §. xij. y. xiij. tracta delos que compran antes de tiempo / pan / vino / azeyte y otras cosas semejantes. folio. vij. plana. ij. y folio. viij. plana. j.
- ¶ §. xiiij. prosigue delos que venden fiado pan y qualesquier otras cosas. fo. ix. pla. j. y. ij.
- ¶ §. xv. si sera licito enla paga de tales ventas concertar dia señalado. fo. x. pla. j.
- ¶ Que se ha de descontar la mengua o costa que auia de hazer lo que se fia. eodem. fo. pla. ij.
-
¶ Notable segundo.
- ¶ §. j. del segundo notable que es en que consiste el interesse y si en el prestar se puede tener acatamiento al tal interesse. folio. x. plana. ij.
- ¶ Que el interesse consiste en el daño que se sigue / y enlo que dexa de ganar el que presta sus dineros. Ibidem.
- ¶ De dos maneras de daño. fo. xj. plana. j.
- ¶ §. ij. del interesse delo que se dexa de ganar / que se llama lucri cessantis / y de la ganancia probable / o verissimil. folio. xj. plana. ij. y tambien. fo. xxv. pla. j.
- ¶ §. iij. de la ganancia incierta. fo. xij. pla. j.
- ¶ §. iiij. de tres enxemplos que se ponen para los casos en que licitamente se puede lleuar el interesse de la ganancia que se estorua: que se dize: lucri cessantis. eo. fo. pla. j. y. ij.
- ¶ De los que compran algunas cosas y las venden luego sin mejorallas ni guardallas para otro tiempo. eodem. folio. y plana. y. folio. xiij.
- ¶ §. v. de otros dos enxemplos para lo que se dixo enel. §. del interesse. folio. xiiij. plana. j.
- ¶ §. vj. de cinco condiciones que se han de guardar para lleuar este interesse. eodem. fo. pla. ij. y. fo. xv. pla. j. y. ij.
- ¶ §. vij. resolucion deste segundo notable / y respuesta y verdadero entendimiento del capitulo: in ciuitate. de vsuris. folio. xvj. plana. j.
- ¶ §. viij. primera respuesta ala question / o caso que se puso al principio deste tractado. fo. xvj. pla. ij.
- ¶ §. ix. segunda respuesta alo mismo. Ibidem.
- ¶ de la primera manera en que se pueden hazer los prestamos / o prestidos entre los que tractan con merescimiento. folio. xvij. plana. j.
- ¶ §. x. de la segunda manera en que se puede esto hazer sin merecimiento / pero tambien sin pecado. fo. xvij. pla. ij. y folio. xviij.
- ¶ Que el que puede cobrar lo que le deuen por justicia / no lo ha de tomar a escondidas. fo. xviij. pla. ij.
- ¶ §. xj. de la tercera manera en que se pueden hazer los dichos prestamos con pecado mortal / pero sin cargo de restitucion. folio. xix. plana. j. y. ij.
- ¶ §. xij. de ciertos enxemplos que se ponen para ver como en esta tercera manera escusa de restituyr: la intencion virtual de negociar que tenga el que presta: avn que no lo piense actualmente al punto del prestar. fo. xx. pla. j.
- ¶ §. xiij. de la quarta manera en que estos prestamos se hazen siempre con pecado mortal / y con cargo de reſtitucion. folio. xxj. plana. j.
- ¶ §. xiiij. de quando se dize perdonar vno liberalmente y de voluntad lo que le es deuido / para que el que ha de restituyr quede sin cargo. eodem. fo. y plana.
-
- ¶ Question particular y muy a la larga sobre lo que se dixo enel. §. iiij. del segundo notable / enel segundo en xemplo / que es: si puede lleuar con buena consciencia el que presta sus dineros: lo que dexa de ganar. fo. xxij. plana. j.
- ¶ De como algunos yerran eneste caso por no distinguirle segun deuen. fo. xxij. pla. ij.
- ¶ Prueua se ser licito lleuar esta ganancia por razon / o ygualdad. Ibidem.
- ¶ Item por semejança de otros casos y dichos de doctores. fo. xxiij. pla. j.
- ¶ Señalan sc. xxij. doctores que tienen ser licito lo suso dicho dende la dicha plana / hasta fo. xxiiij. pla. ij.
- ¶ Ponen se los doctores que parescen contrarios aesta determinacion / y responde se a sancto Thomas / y a Durando. fo. xxv. pla. j.
- ¶ Que cosa es ganancia probable o verissimil. eodem. fo. y pla. mas ala larga que primero se auia dicho enla. fo. xj. pla. ij.
- ¶ Que es de juzgar por cosa cierta lo que por la mayor parte suele acaescer. fo. xxv. pla. ij.
- ¶ Quien son los propios juezes delas ganancias: y delo que se deue descontar por los peligros y dubdas que puede auer. Ibidem.
- ¶ Respuesta a Alexandre de ales y a Ricardo. fo. xxv. pla. j.
- ¶ Respuesta al Innocencio. Ibidem.
- ¶ Que el Panormitano alega mal en esta materia al Innocencio. fo. xxvij. pla. j.
- ¶ Que se contradizen a si mismos Innocencio y el Abad. folio. eodem. pla. ij.
- ¶ Respuesta al Abad. fo. xxviij. pla. j.
- ¶ Que basta tener la opinion segura / avn que no sea la mas segura. eodem. fo. y pla.
- ¶ Respuesta a Juan andres. fo. xxviij. pla. ij.
- ¶ Que se contradizen ensus propios dichos Juan andres y el Abad. eodem. fo. y pla.
- ¶ Respuesta a Enrique bohic. fo. xxix. pla. ij.
- ¶ Que nose abre puerta alos logreros enlo que aqui se determina. Ibidem.
- ¶ Que es malo afirmar ser pecado mortal: lo que esta en dubda silo es. fo. vltimo. y fo. xxviij. pla. ij.