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SVMMA De caſsos de Conſsciencia. Ahora nueuamente compueſsta, por el Doctor Fray Iuan de Pedraza, en dos breues Volumines, muy neceſsſsaria a Eccleſsiaſsticos, y Seculares, y a confeſsſsores, y penitentes.

CON LICENCIA. ¶ Impreſsſsa en Medina del Campo, por Franciſsco del Canto., Año. M. D. LXVIII. Eſsta taſsſsado en Real y medio.
Administrative
YO Iuan Fernandez de Herrera ſsecretario de camara de ſsu M. De los que en ſsu conſsejo reſsiden doy fe que auiẽdoauiendo ſse viſsto por los ſseñores del cõſejoconſejo de ſsu Mageſstad, vn libro intitulado. Summa de Pedraça, que con ſsu licencia imprimio Franciſsco del CãtoCanto impreſsſsor vezino de Medina del Campo Le dieron licencia para que pudieſsſse vender cada volumẽvolumen del dicho libro en papel a real y me dio cada vno, con que antes y primero que le venda inprima al principio de cada libro eſste teſstimonio de taſsſsa, y para que dello conſste di la preſsente que es fecha en Madrid a diez y ſsiete dias del mes de Iulio de mil y quinientos y ſseſsenta y ocho años.
Iuan Fernandez de herrera.
Privileges
DOn Phelipe por la gracia de dios Rey de Caſstilla, de Leon, de Aragon, de las dos Sicilias, de Hieruſsalem, de Nauarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mayorcas, de Seuilla, de Cerdeña, de Cordoua, de Corcega, de Murcia, de Iaen, de los Algarues de algezira, duque de Milan. Conde de Flandes, y de Tirol. &c. Por quãtoquanto por parte de vos Franciſsco del Canto impreſsſsor de libros vezino de la villa de Medina del Campo nos fue fecha relacion diziendo que el Doctor, Fray Iuan de Pedraça, auia compueſsto vn libro intitulado, caſsos de cõciẽciaconciencia. El qual es muy vtil y prouechoſso para los Chriſstianos, y nos ſsuplicaſstes vos dieſsſsemos licẽcialicencia y facultad para que los pudieſsſsedes imprimir, o como la nueſstra merced fueſsſse, lo qual viſsto por los del nueſstro conſsejo, por quanto en el dicho libro ſse hizo la diligencia que la prematica por nos agora nueuamente hecha diſspone, fue acordado que deuiamos mandar dar eſsta nueſstra carta, para vos, en la dicha razon, y nos touimos lo por bien. Y por la preſsente damos licencia y facultad a qualeſsquier impreſsſsor, deſstos nueſstros reynos, para que por eſsta vez, pueda imprimir el dicho libro. Que de ſsuſso ſse haze men|cion. Sin que por ello caya ni incurra en pena alguna y mandamos que la tal inpreſssion ſse haga del dicho libro original, que va rubricado cada plana, y firmado al fin de Iuan fernandez de herrera, nueſstro eſscriuano de camara delos que reſsiden en el nueſstro conſsejo. Y deſspues de impreſsſso no ſse pueda vender ni venda el dicho libro, ſsin que primero ſse trayga al nueſstro conſsejo. Iuntamente con el dicho original para que ſse vea ſsi la dicha impreſssion eſsta conforme al original. So pena de caer, & incurir en las penas contenidas en las dichas prematicas, y leyes de nueſstos reynos. Y no fagades ende al, ſso las dichas penas, y mas diez mil marauedis para la nueſstra camara. Dada en la villa de Madrid a onze dias del mes de Hebrero de mil y quinientos y ſseſsenta y ocho años.
El licenciado Diego de Eſspinoſsa. El licenciado Menchaca. El licenciado Morillas.
El Doctor durango. El Doctor Suarez El Doctor Franciſsco hernandez de lieuana.
Yo Iuan Fernandez pede Herrera ſsecretario de camara de ſsu Mageſstad la hize eſscreuir por ſsu mandado con acuerdo de los de ſsu conſsejo.
Contents

Prologo dirigido al muy Illuſstre y reuerendiſssimo ſseñor Don lulian de Alua, Obiſspo de Miranda.

MAndaua Dios en aquella ley antigua, muy Illuſstre ſseñor que en ſsintiendo ſse vno tocado de lepra, publicaſsſse ſsu dolencia, y abrieſsſse las veſstiduras, y deſscubrieſsſse la cabeça, a los treze del Leuitico. La qual cerimonia repreſsenta el Sacramento de la penitencia que tiene tres partes, confeſssion, y contriciõcontricion, y ſsatisfacion. El publicar el enfermo ſsu dolencia dize la confeſssion de la culpa. El abrir la veſstidura es la contricion, o dolor della, porque quando acaecia algun deſsaſstre a la gente Hebrea rõpianrompian las veſstiduras en ſseñal de triſsteza, como ſse lee de Iacob por las nueuas de Ioſseph, y de Dauid, y los ſsuyos por la muerte de Saul. Y en deſscobrir la cabeça, quedando ſsin defenſsion, ſsubjecta a frio y calor, ſse ſseñala la ſsatiffacion que es obra penoſsa con que paga la pena tẽporaltemporal a que q̃daqueda obligado el penitẽtepenitente, perdonada la culpa. Y ſsi parece coſsa graue đzirdezir vno a otro ſsus males ſsecreto, con la eſperãçaeſperança del premio ſse ſsuffre todo trabajo, y eſste ſsacramento es tan po|deroſso, que en diziendo el ſsacerdote, yo te abſsueluo, le juſstifica Dios el alma, como el dixo a los primeros ſsacerdotes. Recebid el Spiritu ſsancto. Los peccados que perdonaredes ſson perdonados, a los veynte de Sant Iuan. Pero porque eſsta confeſssion requiere muchas condiciones, junto ſse aqui eſsta familiar doctrina por mandado de vueſstra ſseñoria, y en verdad, con trabajo de tres años, aſssi porque ſse mudo, y apuro muchas vezes, porque fueſsſse ſsin calunnia, y quedaſsſse tan clara, que a ninguno de mediano ingenio ſse le hizieſsſse oſscura, como porque lo que ſse ha de eſscreuir no ſse ofreſsce aſssi luego, ſsino poco a poco por diſscurſso de tiempo. Communicoſse con varones doctos efta obra, porque para todas las coſsas es muy ſseguro camino el conſsejo. Podra ſsaber por ella cada vno lo que cumple para ſsaluarſse, y confeſsſsarſse, y los ſsacerdotes para confeſsſsar a otros. Auiſsandolos, que para otros mas caſsos que aqui no ſse ponen, ay tienen las Summas latinas, y digo latinas por que eſsſsas que andan en romance, o ſson muy breues o prolixas, o confuſsas y oſscuras, alegarſse ha muchas vezes el Cardenal Thomas de vio Caietano, por ſser Doctor de grande authoridad, y que peſso mucho lo que dixo en caſsos de conciencia. Offreciendo todo lo õque ſse dira a la cenſsura de la ygleſsia, con la deuida obediencia.
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