CErtiſsſsima coſsa es enel romano põtifice ſser tal y tanto poder ⁊juriſsdicion concedida por Chriſsto y aſsſsi de derecho / o por derecho diuino: que pueda priuar qualquiera ſseñor/ o Rey infiel de ſsu ſseñorio y juriſsdicion y dignidad real: quanto es de parte del rey / o ſseñor infiel: ſsaluo el derecho ageno: y mucho mas puede el tal ſseñorio y juriſdiciõjuriſdicion limitar / regular / o reſstrigir: y eſsto en caſso quc viere ſser neceſsſsario ala predicacion y dilatacion dela fee y vocacion y direcion delos miſsmos infieles: para que cognozcan y aprehendan ſsu verdade ro y ſsobre natural fin/ o para obuiar y euitar los impedimentos ciertos / o probables dela dilatacion de la fee: ⁊ dela conuerſsion y ſsaluacion dellos. Pero ſsi para la cõſsecucion del ſsuſso dicho fin no es neceſsſsario / o muy con | ueniente: en ninguna manera pueden ſser por derecho de ſsus eſstados / dignidades y juriſdiciõjuriſdicion priuados ni ſspojados: porq̃porque ſseria contra derecho natural y diuino.
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