Cō
Con
la qual han afectado los
Cō
tadores
Contadores
, quererse igualar en los
mas delos concursos, ceremonias,
i tratamientos, i parece
q̃
que
en solo
esso han puesto su principal estudio, trabajo, i cuidado; i en efeto
hā
han
conseguido,
q̃
que
los Virreyes les
hagan el mesmo tratamiento que
à los Oidores. Que concurran
cō
con
ellos en algunas processiones,
dias de tabla, comidas que dan los
Virreyes, i otras festividades, que
en sus ordenanças se declaran con
igual assiento. Que los llamen de
Señoria en las peticiones, i de
palabra, quando estuvieren en
su Tribunal. Que en èl pueden
tener sillas, i dosel; pero que debaxo deste, solo pueda sentarse el Virrey quando à èl passare. Que las
messas, i sillas se pongan sobre una
grada, i llamen de vos à los negociantes, i hablen en pie, i descubiertos; pero que dèn banco, i traten de impersonal à los Oficiales
Reales, i à otras personas nobles,
i à los Abogados. I à este modo
otras preeminencias, de poder
llevar sillas, i almoadas à las Iglesias, i que se les dè la Paz, aunque vayan à ellas como particulares, en la forma que se les suele permitir, que las pongan à los
Oidores, si bien quando algunos
destos concurren juntamente en
las mesmas Iglesias, se las hazen
quitar, sobre que ha avido varios
encuentros.