En los oficios
q̃
que
no tienen en si
derechamẽte
derechamente
administraciō
administracion
de justicia, ha sido el punto de sus
vẽtas
ventas
mas disputado; i verdaderamente
q̃
que
conviniera,
q̃
que
aun en ellos se
escusarā
escusaran
, si fuera possible, como parece averlo sentido el Rey don Fernando el Catolico, en una ley
q̃
que
se
halla recopilada,
en
q̃
que
prohibio
las ventas de los Decurionatos, ò
Regimientos, i lo nota i alaba Bobadilla, refiriendo a Covarruvias,
i otros Autores.
I lo dio generalmente por parecer à todos los
señores de vassallos de España, el
Maestro Fr. Francisco de Vitoria
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en Salamanca el año de 1552. fundandole en graves razones, i aun
añadiendo, que ay obligacion de
restituir lo que por las ventas, ò
arrendamientos de tales oficios
se huviere llevado. El qual parecor anda impresso despues del libro de instruccion, i refugio del
anima, i conciencia escrupulosa, i
temerosa de Dios, que compuso
Fray Diego de Zuñiga de la orden de San Geronimo.