Pero viniendo aora à tratar
lo que es mas proprio de mi instituto, conviene à saber, que derechos llevan nuestros Reyes de estas perlas, i piedras preciosas, digo, que segun reglas de derecho
comun, parece no debian llevar algunos, sino dexarlas enteramente à quien las hallasse, por concederselas el que llaman de todas las gentes, como lo enseñan
algunos Textos, i alli los Dotores.
I en particular los que
tratan de
Regalias,
que parece, que pues se restringieron à incorporar en la Corona, i patrimonio Real de los Principes, solas minas de oro, i plata, i poços
de sal, no quisieron estenderlas à
essotras cosas. I assi aun hablando
del oro en polvo,
q̃
que
se halla en los
rios, o en sus riberas, lo dixeron
Francisco Marco, i Rebufo, referidos, i seguidos,
segũ
segun
parece, por
Pedro Barbosa.