Si bien no ignoro aver sido antigua costumbre en España, el poner los Reyes en sus cartas, i privilegios, no solo penas de su indignacion, sino maldiciones, i excomuniones, con las mesmas palabras que oy usa la Iglesia en los Anathemas, à todos los que los contraviniessen, ò quebrantassen, como lo da à entẽder entender una ley de Partida,
añadiendo: E esta maldicion puede fazer Emperador, ò Rey, quanto en los fechos seglares, que à ellos pertenecen; porque tienen lugar de Dios en tierra para fazer justicia. Donde Gregorio Lopez tiene por una mesma cosa Maldicion que indignacion. Aunque verdaderamẽ te verdaderamente , como lo he dicho, no ponian estas maldiciones sino en forma de excomuniones. De las quales, i como se debian entender, i que efetos obraban, se podrà ver lo que lata, i doctamente juntan el Eminentissimo Cardenal Baronio en sus Anales Bignonio, Nicolao le Maistre, i Fray Iuan de la Puente, i otros Autores,
que ellos refieren.
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