Si bien no ignoro aver sido antigua costumbre en España, el poner los Reyes en sus cartas, i privilegios, no solo penas de su indignacion, sino maldiciones, i excomuniones, con las mesmas palabras
que oy usa la Iglesia en los Anathemas, à todos los que los contraviniessen, ò quebrantassen, como lo da à
entẽder
entender
una ley de Partida,
añadiendo:
E esta maldicion
puede fazer Emperador, ò Rey, quanto en los fechos seglares, que à ellos
pertenecen;
porque tienen lugar de
Dios en tierra para fazer j
usticia.
Donde Gregorio Lopez tiene por
una mesma cosa
Maldicion que
indignacion. Aunque
verdaderamẽ
te
verdaderamente
, como lo he dicho, no ponian
estas maldiciones sino en forma
de excomuniones. De las quales, i
como se debian entender, i que efetos obraban, se podrà ver lo que
lata, i doctamente juntan el Eminentissimo Cardenal Baronio en
sus Anales Bignonio, Nicolao le
Maistre, i Fray Iuan de la Puente, i otros Autores,
que ellos
refieren.