Despachan tambien los Virreyes de las Indias en todos los negocios graves, ò que juzgan por conveniente, por provisiones Reales, i con el nombre i sello Real, que vulgarmente dezimos, Por Don Felipe, lo qual es otra preeminencia muy digna de notar, pues se les concede à solas, lo que por gran privilegio, i merced de tanta estimacion, tienen en comun los Consejos, i Chancillerias Reales, i esta costũbre costumbre la hallo aprobada por una cedula antigua. Aũque Aunque , sin acordarse della, parece la prohibe otra mas nueva de 15. de Setiembre del año de 1620. de que està apuntada ley en el sumario de las que se recopilan para las Indias:
pero hase de entender, para que no usen facilmente de este estilo, que en los casos, como he dicho, graves, i en las provisiones de oficios, Beneficios, i Encomiẽdas Encomiendas , siempre se han usado, i es conforme à lo que tambien acostumbran los Virreyes de Napoles, segun lo refiere Mastrillo.
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