Porque no parecio justo, que
por tener alguna dependencia
cō
con
los Ministros, perdiessen lo
q̃
que
podian pedir en justicia por sus proprios meritos, i servicios. Los
quales siempre, en fuerça de justicia distributiva, se
hā
han
de atender,
i considerar en la eleccion de los
Oficiales, como
tratādo
tratando
de las Encomiendas, lo he dicho en otro capitulo,
i se lo aconsejan seria, i
doctamente à los Reyes, i Virreyes, Vlcurrun, Lelio Iordano, i
el Regente Ponte.