La qual encarece mucho novissimamente don Iuan Bautista
de Larrea en la primera de sus
Alegaciones Fiscales, i tanto don
Francisco de Alfaro,
que aun dize, que en caso que por muerte, ô
ausencia del proprietario, se nombrare, como es costumbre, por las
Audiencias de las Indias, otro Letrado, que supla su falta, este tambien ha de gozar de las mesmas
preeminencias: i privilegios, i preceder en lugar, i assiento, à todos
aquellos à quien precediera el proprietario. I que en terminos lo
viò praticar assi en la Audiencia
de la Plata, i trae para comprobacion dello algunos Textos, i Autores.