Pero passando aora à otros puntos, i dexando muchas questiones de esta materia, que pueden ser comunes à las Audiencias de España, lo que en las de las Indias tienen encargado muy en particular los Alcaldes del Crimen dellas, i privamente à los Oidores de sus mesmas Audiencias, es, que busquen, i pesquisen con gran cuidado i diligencia los hombres casados, que aviendo dexado en España à sus mugeres, passarō passaron , i se detienen en aquellas provincias, i les compelan à que buelvan à hazer vida maridable con ellas. De que tratan las muchas cedulas, que se podràn ver en el primer tomo de las impressas.
I otra del año de 1571. en el segundo,
Sched. 2. to. pag. 79.
que manda, que las passadas se executen por los Alcaldes del Crimen, aunq̃ aunque hablẽ hablen con Presidẽte Presidente , i Oidores, i tābien tambien se encarga à los Fiscales, que hagan sobre esto mesmo los pedimiẽtos pedimientos que convengan, por otra cedula del año de 1572.
Extat d. 2. tomo pag. 272.
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