Pero passando aora à otros
puntos, i dexando muchas questiones de esta materia, que pueden
ser comunes à las Audiencias de
España, lo que en las de las Indias tienen encargado muy en particular los Alcaldes del Crimen
dellas, i privamente à los Oidores de sus mesmas Audiencias,
es, que busquen, i pesquisen con
gran cuidado i diligencia los hombres casados, que aviendo dexado
en España à sus mugeres,
passarō
passaron
,
i se detienen en aquellas provincias, i les compelan à que buelvan
à hazer vida maridable con ellas.
De que tratan las muchas cedulas, que se podràn ver en el primer
tomo de las impressas.
I otra del
año de 1571. en el segundo,
que
manda, que las passadas se executen por los Alcaldes del Crimen,
aunq̃
aunque
hablẽ
hablen
con
Presidẽte
Presidente
, i Oidores, i
tābien
tambien
se encarga à los Fiscales,
q̃
que
hagan sobre esto mesmo los
pedimiẽtos
pedimientos
que convengan, por otra cedula del año de 1572.
Extat d. 2. tomo pag. 272.