I aun miradas las antiguas ordenanças que he dicho, del año de
1530. que fueron del Señor Emperador Carlos Quinto, se hallarâ, que en las causas criminales de
los Oidores, en que pudiesse aver
pena corporal, no se les permitia
à los Virreyes, ò Presidentes executarla, sino que embiassen los
reos, i los processos de sus culpas
con buena guarda à su Magestad
en su Real Consejo de Indias, para que alli se viesse i executasse lo
que fuesse de justicia.