Lo dvodecimo, aunque las causas que tocan al patrimonio, i hazienda Real, pertenecen en España privativamente al Real Consejo que llaman de Hazienda, i Cō taduria Contaduria , i este solo conoce dellas, i las determina, como parece por las leyes i titulos de la Recopilacion de Castilla, que de esto tratan.
I estas mesmas, tambien estàn reservadas, i cometidas en primer lugar en las provincias de las Indias, à los Virreyes, i Governadores dellas, como se dispone en un capitulo de sus instrucciones,
i en otras muchas cedulas, i ordenanças à cada passo. Todavia en otras se ordena, que para los gastos extraordinarios que se huvieren de hazer de las arcas Reales, i para resolver las dudas que se ofrecieren en materias de la Real hazienda, hagan los Virreyes una junta de Oidores, Oficiales Reales, i Contadores, la qual se llama Acuerdo general de hazienda, i en ella se confiera, i determine lo que se debe hazer, i si lo ocasion que se propone i representa para hazer | estos tales gastos extraordinarios es tal, que no sufre dilacion, ni que sobre ella se haga consulta à su Magestad, i se espere su respuesta, como parece por un expresso capitula capitulo de las ordenanças de las dichas Audiencias del año de 1563. que pone esta forma à la letra.
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