Lo vndecimo, aunque las causas, que llaman de govierno, i conciernen la general administracion
del Reino, estàn en España diputadas à los Consejos de Iusticia, i
Estado, i en las provincias de las
Indias pertenecen privativamente à los Virreyes, i Governadores dellas, como se dispone en
una cedula de 11. de Iunio del año
de 1572. i en otras que se hallaràn
en el primer tomo de las impressas.
Sched. 1. tomo, pag. 241.
Todavia està encargado, i
mandado à los mesmos Virreyes,
i Governadores, que quando se
ofrecieren negocios arduos, i tambien quando huvieren de proveer
los oficios de la tierra entre los
Benemeritos della, llamen à los
Oidores, i para su mayor, i mejor
acierto, les pidan su consejo, i parecer; aunque es verdad, que no se
les pone precisa obligacion de seguirle, como consta del capitulo
particular que trata de esto, i se
les pone à todos de estampa en sus
instrucciones.