I estas cedulas se conforman con
las Bulas Apostolicas, i
cō
con
las clausulas de las erecciones de las Iglesias Catedrales de todas las Indias,
en
q̃
que
expressamẽte
expressamente
se declara, i manda,
q̃
que
los Españoles
q̃
que
las
poblaren, i habitaren, les paguen
enteramẽte
enteramente
diezmos de todos los
frutos, i semillas que por tiempo
fueren sembrando, plantando, i cogiendo en ellas, como los pagan en
España, excepto del oro, plata, perlas, i piedras preciosas, que essos
se reservan para los Reyes.