I assi en las primeras capitulaciones, que dixe en el capitulo antecedente averse hecho con los primeros Obispos de la Española, no
se
excluyerō
excluyeron
del todo los Indios,
i sus hijos i descendientes, de los
beneficios de las Indias, sino por
entonces, atendiendo ser recien
convertidos, i su corta capacidad,
i hasta que los Reyes ordenassen
otra cosa. I esto mesmo se và repitiendo en todas las erecciones de
las Iglesias, como consta de la de
Lima, que dexè inserta en el capitulo 3 de este Libro.