I assi en las primeras capitulaciones, que dixe en el capitulo antecedente averse hecho con los primeros Obispos de la Española, no se excluyerō excluyeron del todo los Indios, i sus hijos i descendientes, de los beneficios de las Indias, sino por entonces, atendiendo ser recien convertidos, i su corta capacidad, i hasta que los Reyes ordenassen otra cosa. I esto mesmo se và repitiendo en todas las erecciones de las Iglesias, como consta de la de Lima, que dexè inserta en el capitulo 3 de este Libro.
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