La Real Audiencia de Lima,
siendo Yo Oidor en ella, fue consultada sobre este punto, por cedula del año de 1518. i respondio
en la propria conformidad; pero
con advertencia, que esta mudanha se hiziesse poco â poco, i que à
los Religiosos del Perù se les conservassen todas las dotrinas, cerca de las quales se hallen fundados Conventos de su Orden, que
por lo menos tuviessen quatro Religiosos, i en particular los que
son de Frailes de San Francisco,
en los quales no se ha experimentado tanta codicia. I otras (aunque son pocas) de que se han querido encargar los Padres de la
Compañia de Iesvs, donde juntamente con la buena dotrina de
los Indios en lo espiritual, se han
experimentado otros buenos efetos, i medras suyas en lo temporal, i politico, i en el zelo particular con que los amparan, i defienden de los Españoles, Mestizos, i
Negros, i de sus proprios Corregidores, que no son los que menos
exceden en oprimirlos.