I que hablando especialmente en los terminos de estas Dotrinas i de lo que se relaxan en ellas, ponderan el Padre Ioseph de Acosta, i otros testigos domesticos de entre ellos mesmos, con cuya remission me contento.
I con añadir, que aun dẽtro dentro de las mesmas Iglesias Seculares, ò Parochiales, dō de donde colegialmente viven los Monges, no se les permite tener Cura de Almas, sino antes les debe el Obispo poner un Capellan Secular que cure del pueblo, como lo dize un Texto elegante, en el qual dan por razon los que le comentan,
que estas ocupaciones son mas proprias de Seculares, i que à los Frailes se les han de quitar todas ocasiones de andar vagantes, i visitar i conversar mugeres, aunque sea para confessarlas.
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