I en otra dada en San-Loren ço à primero de Iunio de 1574. que es la que llaman la declaratoria del Patronazgo Real, ay un capitulo, que yendose ya disponiendo mas las cosas Eclesiasticas de las Indias, reduxo la de estos beneficios à mejor forma, i manda que los Prelados, precediendo oposicion, i examen, propongan dos sugetos, ò uno, si dos no se pudieren hallar, al Virrey, ò Governador, para que este, presente al Obispo, el que tuviere por mas à proposito, i èl le instituya Por via de Encomienda, i no en titulo perpetuo, sino amovible ad nutũ nutum de la persona, que en nuestro nombre le huviere presentado, juntamente con el Prelado.
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