I en otra dada en San-Loren
ço à primero de Iunio de 1574.
que es la que llaman la declaratoria del Patronazgo Real, ay un
capitulo, que yendose ya disponiendo mas las cosas Eclesiasticas
de las Indias, reduxo la de estos
beneficios à mejor forma, i manda
que los Prelados, precediendo oposicion, i examen, propongan dos
sugetos, ò uno, si dos no se pudieren hallar, al Virrey, ò Governador, para que este, presente al Obispo, el que tuviere por mas à
proposito, i èl le instituya Por via
de Encomienda, i no en titulo perpetuo, sino amovible ad
nutũ
nutum
de la persona, que en nuestro nombre le huviere presentado, juntamente con el
Prelado.