I en fuerça de la semejança de estos casos, debemos tambiẽ tambien tener por presentes, i residentes à otros qualesquier Prebendados, que se escusaren por otras justas, publicas, i legitimas causas, principalmente si estas se ocasionassen de necessidad, de acudir à llamamiẽtos llanamientos , ò mandamientos de su Santidad, ò del Rey nuestro Señor, convenientes, i concernientes à su servicio, como latamente lo prueban Covarruv. i otros referidos por un Moderno,
quedā quedan por razō razon , la precisa obediencia, que aunque sean Clerigos, deben à sus Reyes, en acudir à lo que por ellos se les ordena, i venir à sus llamamientos de qualquier puesto, i dignidad en que se hallen, aunque por otra parte los llame à si su Metropolitano.
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