A lo qual se llega, que aunque es dotrina comun i corriente, que la confirmacion, i qualquier otra gracia Apostolica regularmente se ha de probar por las letras Pō tificias Pontificias , como refiriendo otros muchos, lo enseña Alexandro Ludovisio.
Ludov. decis. 471. n. 12.
Esso no excluye, que tambien en algunos casos se pueda probar por testigos, ò por otro genero de probança, como lo resuelve una decision de Rota, i latamente Tamburino, i don Francisco Sal gado.
I por lo menos en el fuero interior de la conciencia, es comũ comun opinion, que ni para tomar la possession, ni para ganar los frutos, es necessaria la expedicion de las Bulas, i basta saber que estè hecha la gracia. I aun en el exterior se admitelo mesmo, si se presentaren antes de la sentencia difinitiva del pleito, que sobre esto se huviere movido, como despues de Ludovico Gomecio, i otros, lo enseña Navarro.
I no puede parecer mucho, ni nuevo, que digamos, que la confirmacion se prueve por cartas particulares, i mas para escusar pena, pues la presentacion se prueva por ellas, como lo dize un Texto, i latamente Nicolao Genua.
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