A lo qual se llega, que aunque
es dotrina comun i corriente, que
la confirmacion, i qualquier otra
gracia Apostolica regularmente
se ha de probar por las letras
Pō
tificias
Pontificias
, como refiriendo otros muchos, lo enseña Alexandro Ludovisio.
Ludov. decis. 471. n. 12.
Esso no excluye, que tambien en algunos casos se pueda probar por testigos, ò por otro genero de probança, como lo resuelve
una decision de Rota, i latamente
Tamburino, i don Francisco Sal
gado.
I por lo menos en el fuero
interior de la conciencia, es
comũ
comun
opinion, que ni para tomar la possession, ni para ganar los frutos, es
necessaria la expedicion de las Bulas, i basta saber que estè hecha la
gracia. I aun en el exterior se admitelo mesmo, si se presentaren antes de la sentencia difinitiva del
pleito, que sobre esto se huviere
movido, como despues de Ludovico Gomecio, i otros, lo enseña
Navarro.
I no puede parecer mucho, ni nuevo, que digamos, que la
confirmacion se prueve por cartas
particulares, i mas para escusar
pena, pues la presentacion se prueva por ellas, como lo dize un Texto, i latamente Nicolao Genua.