En
quāto
quanto
toca al de nuestras Indias, passa lo
q̃
que
he dicho. I aunque
à otros patronos legos se les dan
quatro meses de termino, para hazer las presentaciones, contados
desde el dia de la vacante, ò del en
que tuvieron noticia della, como
lo dizen muchos Textos, i Autores.
Esto no se guarda en los de
los Reyes, ni les daña el lapso del
quadrimestre, ora ellos, ora sus oficiales, ayan tenido noticia de la
vacante, por la legitima escusa que
en tales personas se considera, de
q̃
que
impedidos por sus muchas ocupaciones de paz, i guerra, no pueden
cuidar de las de estas presentaciones, con tanta puntualidad,
i assi
cada i quando que las hizieren se
han de admitir, como
siẽpre
siempre
se admiten, sin examinar la detencion,
assi por el Sumo Pontifice en los
Obispados, como por los Prelados inferiores, en las Prebendas,
i Beneficios menores. I si se hiziera de otra suerte, pudieran contradecir, i reclamar las provisiones que se hizieran sin su consentimiento, como testificando de esta
comun pratica, lo dizen Cabedo,
Nicolas Garcia, i don Francisco
Salgado.