Esto mesmo descubren manifiestamente infinitas cedulas, que
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se hallan en el primer tomo de las
impressas,
las quales, tratando, i
disponiendo de algunos puntos tocantes à este Patronazgo Real Eclesiastico de las Indias, suponen
averse pedido, i impetrado en la
forma que he dicho. I particularmente, lo afirma la que llaman del
Escurial de 1. de Iunio del año de
1574. que es la que pone la forma
de como se ha de exercer este Patronazgo, i entra dizendo.
Como
sabeis, el derecho de Patronazgo Eclesiastico Nos pertenece en todo el
estado de las Indias, assi por averse
descubierto, i adquirido aquel nuevo Orbe, i edificado, i dotado en ellas Iglesias, i Monasterios à nuestra
costa, i de los Reyes Catholicos nuestros Antecessores, como por aversenos concedido por Bulas de los Sumos Pontifices, concedidas de su proprio Motu.