Lo qvintó, se puede, i debe
considerar el presente estado, en
q̃
que
oy tenemos los Indios, que en todas partes se hallan muchos menos de los que solia aver, i à essos
que han quedado los ocupamos en
tantos, i tan varios servicios personales, como los que dexo dichos
en todo el libro segundo, sin poder
les relevar dellos, por ser tan necessarios à ambas Republicas de
Españoles, i Indios,
q̃
que
ya oy mezcladas, constituyen un cuerpo, à
los quales servicios, i à la saca,
lleva, i distribucion de los Indios
para ellos, es muy verosimil, que
no ayuden los Encomenderos, sino que antes repugnen, i la embaracen, si se hallassen con jurisdicion
sobre sus personas, i repartimientos, i con pleno, i perpetuo dominio en sus Encomiendas; pues
han de desear, i procurar quanto
pudieren, verlas no solo conservadas, sino aumentadas, teniendo
en ellas librado el sustento i mayorazgo de todos sus hijos, i descendientes, lo qual no se puede
conseguir, si les llevan los Indios à los dichos servicios, en que
como es notorio, tanto se menoscaban.