Todavia soy de contrario parecer, en caso, que las partes quieran seguir en el Consejo la instancia sobre los dichos frutos. Porque aunque esta se pueda tener por acabada en quanto à la Encomienda, por la muerte de los litigantes, i es verdad que en quanto à essa no passa à sus herederos, como lo dizẽ dizen los Autores ponderados en contrario, que se debẽ deben entender en este sentido, pero como junto con ella, i como accessorios suyos, se pidieron los frutos, i aun no pedi| dos suelen venir, i incluirse en los juizios universales, segun queda dicho, no parece que podemos negar, que por lo menos en quanto à ellos dure la jurisdiciō jurisdicion , instancia, i juizio, que se començ ò en el Consejo, ni que pueda por el consiguiente dexar de estenderse à ellos su comission hasta determinarlos, como lo persuaden las reglas comunes del derecho, que enseñan, que donde se ha començado el juizio se ha de acabar, i que es uno mesmo el de la parte, que el del todo, i el de lo accessorio, que el de lo principal.
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