Demas de que, aun quando se les parezcan, supuesto que se dan como Encomiendas, i en lugar dellas, i para remunerar meritos i servicios de los Conquistadores, i Pobladores, ô de los que descienden dellos, igual razon corre, para que sean tan durables, i irrevocacables como ellas, i assi està dispuesto en derecho comun, i por el municipal de las Indias en las leyes declaratorias, que se publicaron en Valladolid, el año de 1543. para reformar las llamadas Nuevas, del antecedente, como hablando, assi de Encomiẽdas Encomiendas , como de pensiones, i entretenimiẽtos entretenimientos , lo dize bien el Licenciado Antonio de Leon.
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