Demas de que, aun quando se
les parezcan, supuesto que se dan
como Encomiendas, i en lugar dellas, i para remunerar meritos i
servicios de los Conquistadores, i
Pobladores, ô de los que descienden dellos, igual razon corre, para
que sean tan durables, i irrevocacables como ellas, i assi està dispuesto en derecho comun, i por
el municipal de las Indias en las
leyes declaratorias, que se publicaron en Valladolid, el año de
1543. para reformar las llamadas
Nuevas, del antecedente, como hablando, assi de
Encomiẽdas
Encomiendas
, como
de pensiones, i
entretenimiẽtos
entretenimientos
, lo
dize bien el Licenciado Antonio
de Leon.