Que en sustancia vienen à ser, por
la muerte de los posseedores, acabadas las vidas por
q̃
que
se suelen conceder; ò por
renũciacion
renunciacion
, ausencia,
entrada en Religion, pluralidad, ò
incōpatibilidad
incompatibilidad
cō
con
otras
Encomiẽ
das
Encomiendas
, delitos
q̃
que
induzgan, ò merezcan privacion.
Transgressiō
Transgression
de las
leyes, i cargas, que se han
mādado
mandado
guardar en ellas, malos tratamientos, excessos, i abusos en los Indios
encomẽdados
encomendados
, i otros qualesquier
modos, que de hecho, ò derecho
inducen vacacion, de que ya he tratado en este libro en el capitulo
sexto, i successivamente en los siguientes, desde el 17. I quien quisiere saberlos mas en particular,
podrà leer lo que los Autores feudistas dizen del perdimiento, ò re|
solucion de los feudos, i los de
nuestro Reino,
de los mayorazgos, i con poca diferencia, acomodarlo à nuestras Encomiendas.