I no se debe estrañar, que Consejeros, que assisten al Rey, gozen
de esta dispensacion de que voy tratando, pues vemos, que el derecho
Canonico permite,
que los Canonigos que assistieren al servicio
i ministerio de su Obispo, i Prelado, por lo menos dos, gozen enteramente los frutos de sus
prebẽ
das
prebendas
, i sean tenidos por presentes i
residentes. I aun Nicolas Garcia
añade, que tambien por esta mesma causa pueden ganar las distribuciones quotidianas,
aviẽdo
aviendo
costumbre de ello, porque es muy
justa.