I no se debe estrañar, que Consejeros, que assisten al Rey, gozen de esta dispensacion de que voy tratando, pues vemos, que el derecho Canonico permite,
que los Canonigos que assistieren al servicio i ministerio de su Obispo, i Prelado, por lo menos dos, gozen enteramente los frutos de sus prebẽ das prebendas , i sean tenidos por presentes i residentes. I aun Nicolas Garcia
añade, que tambien por esta mesma causa pueden ganar las distribuciones quotidianas, aviẽdo aviendo costumbre de ello, porque es muy justa.
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