Pero aun ay otras que son mas notables,
porque no solo en los vassallos, que tienen feudos, donaciones, ô Encomiendas del Rey, debaxo de esta condiciō condicion de acudir à servirle en las guerras, quando para ello fueren llamados, sino aun en qualesquier otros de sus subditos ordinarios, mandan generalmente, que el que llamado, i requerido, no obedeciere, tenga pena de muerte, si la inobediencia fuere en cosa de este genero, ô en otra grave, i en daño de la causa publica, i si en las de no tanta importancia, quede á arbitrio del Rey su castigo, i le peche, i satisfaga de sus bienes todos los daños, que por ella le huvierẽ huvieren sobrevenido, i sea privado de quātos quantos tuviere por merced suya, i expelido de todos sus Reinos Cerca de las quales leyes, i su pratica jũta junta alli muchas cosas Gregorio Lopez, i yo pudiera dezir hartas de las que se han pōderado ponderado estos | dias en una jũta junta particular que se mā dò mandò formar contra inobedientes.
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