EN los Capitulos primeros de este Libro, tratando de la difinicion de la Encomienda, apuntè algo de sus cargas i obligaciones, i dixe, que respeto de ellas, se podia comparar à la Donacion que el derecho llama Modal, porque la liberalidad que exerce el Principe, que haze esta gracia, và mezclada i modificada, con las cargas que pone al que la recibe, como en casos semejantes lo dizen algunos Iurisconsultos, i muchos Dotores,
infiriẽdo infiriendo de aqui, que estas donaciones Modales, se pueden mas propriamente llamar | contratos, pues passan en fuerça dellos.
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