COmo en la ley de la
successiō
succession
de las Encomiendas del año
de 1536. i en todas sus declaratorias, de
q̃
que
tantas vezes dexo hecha
relacion, solo se hallan llamadas
las mugeres à las de sus maridos
à salta de hijos, suelese poner en duda, si por el
cōtrario
contrario
podran
tambiẽ
tambien
suceder los maridos en las Encomiendas de las mugeres, caso
q̃
que
ellas
muerā
mueran
primero, i las gozen
en primera vida, ò en segunda en
la Nueva-España, i en las demas
provincias
dōde
donde
se ha permitido ò
dissimulado,
q̃
que
se continuen por
tres i por quatro,
cōforme
conforme
lo
q̃
que
dexo advertido en el capitulo 17. de
este Libro, i latamente prosigue el
Licenciado Antonio de Leon.