Lo tercero, haze en favor de esta parte, que aunque sea verdad lo que ponderamos por la contraria, de que en dar esta sucession de las Encomiendas à las mugeres, se tuvo atencion à la procreacion de los hijos, la qual no se puede cō seguir conseguir por el matrimonio no copulado. Essa consideracion fue secundaria, porque la primera i principal fue remunerar los benemeritos de las Indias, i mirar por su comodidad i consuelo. I assi, esta es, la que principalmente se debe atender, i verificar, segũ segun las reglas Brocardicas del derecho, i otras, que muy en nuestros terminos, tratando de los privilegios, que por èl se conceden al dote, junta Pedro Barbosa.
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