Lo
tercero, haze en favor de
esta parte, que aunque sea verdad
lo que ponderamos por la contraria, de que en dar esta sucession de
las Encomiendas à las mugeres,
se tuvo atencion à la procreacion
de los hijos, la qual no se puede
cō
seguir
conseguir
por el matrimonio no copulado. Essa consideracion fue secundaria, porque la primera i principal fue remunerar los benemeritos de las Indias, i mirar por su comodidad i consuelo. I assi, esta es,
la que principalmente se debe atender, i verificar,
segũ
segun
las reglas Brocardicas del derecho, i otras, que
muy en nuestros terminos, tratando de los privilegios, que por èl
se conceden al dote, junta Pedro
Barbosa.