I dixe, que ha de ser especial esta comission, i para poder habilitar à la sucession de las Encomiendas; por
q̃
que
de otra
suerrte
suerte
, la general de legitimar, i lo que es mas,
la legitimacion de los Papas, i de
los Reyes, no se estiende à la sucession de los feudos, de que no se
huuiere hecho memoria particular, segun lo resuelto por Peregrino, Marescoto, i otros que dexo
citados.