I esta razon obra, que aunque de estos hijos ilegitimos aya
nietos, que sean legitimos, tambien estos se ayan de tener, i tengan por exclusos de la sucession
de nuestras Encomiendas, como
miembros, que proceden de raiz
infecta, dañada, ò exclusa, segun
parece averlo declarado, i respondido el Real Consejo de las Indias,
ā
a
consulta que sobre ello le
hizo el muy entendido Marques
de Montesclaros, siendo Virrey
del Perù, como lo refiere el Licenciado Antonio de Leon
I se
puede fundar en las dotrinas, que
para semejantes casos juntan latamente Baldo, Molina, Fusario,
Cesar Barcio, i otros Autores.