I esta razon obra, que aunque de estos hijos ilegitimos aya nietos, que sean legitimos, tambien estos se ayan de tener, i tengan por exclusos de la sucession de nuestras Encomiendas, como miembros, que proceden de raiz infecta, dañada, ò exclusa, segun parece averlo declarado, i respondido el Real Consejo de las Indias, ā a consulta que sobre ello le hizo el muy entendido Marques de Montesclaros, siendo Virrey del Perù, como lo refiere el Licenciado Antonio de Leon
I se puede fundar en las dotrinas, que para semejantes casos juntan latamente Baldo, Molina, Fusario, Cesar Barcio, i otros Autores.
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