Lo qual hallamos igualmente dispuesto en los que suceden en los feudos, como despues de otros muchos que refieren, lo prosiguen i resuelven Rosenthal i Hercules Marescoto,
advirtiendo notablemẽ te notablemente , que estos alimentos son como en vez de la legitima de los demas hermanos i hermanas pobres, i que fuera costumbre diabolica, querer se quedar el mayor con todo el feudo sin esta carga, i juntamente tratan, si muerto este successor, que assi començ ò à deber i pagar estos alimentos, passarà la mesma obligacion al que de nuevo entrare à suceder en el proprio feudo?
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