Pero sin embargo de estas razones, Yo siempre he seguidò la contraria opinion, conviene à saber,
que aun quando ambas cedulas se
hallen iguales en la merced, la primera se debe cumplir, i preferir,
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aunque en virtud de la segunda, se
aya adelantado el segundo en hazer su
presentaciō
presentacion
, ò en tomar possession.