I
cō
con
lo
q̃
que
añade la mesma cedula,
de
q̃
que
no se ha de estar por la
relaciō
relacion
de los servicios,
q̃
que
suele venir inserta en estas de
q̃
que
tratamos, cessa là
duda,
q̃
que
en terminos de derecho
comũ
comun
se pudiera mover en el caso, en
el qual todavia,
porq̃
porque
es vtilissimo
i
frequẽtissimo
frequentissimo
, quiero dezir algo,
aunq̃
aunque
yà, despues de nuestros escritos, i alegandolos
honorificamẽte
honorificamente
,
ha juntado mucho un insigne I. C.
de esta edad,
en vn particular tratado,
q̃
que
ha impresso,
poniẽdole
poniendole
por
titulo,
Statera meritorum. I me parece, que se pueden, i deben hazer
las distinciones siguientes.