I otra del Derecho comun,
que dize, que el primer llamado debe ser preferido, porque se presume fue mas amado del testador. Que es lo que tābien tambien por otros
està mandado observar regularmẽte regularmente en materia de precedẽcias precedencias de oficios, i dignidades, por tenerse por cierto, que la prioridad en la data, ò nominacion, arguye mayor dignidad, i mas propension en el concedente, conforme lo referido, i lo mucho que junta Andres Tiraquelo.
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