Allegasse à esto la decision de otras cedulas del año de 1588. i de doze de Deziembre de 1619. de que ya hize mencion en el capitulo sexto de este libro, las quales, no contentas de aver encargado à los Virreyes, i Governadores, la justificacion de estos premios con tanto aprieto, i declarado, que se deben de justicia à los mas benemeritos, añaden, Que en lo que en contrario hizieren, se les cargā cargan sus conciencias. La qual clausula muestra,
que se hizo confiança de ellos para esta distribucion, como de varones aventajados, i temerosos de Dios, i de ellas, i sirve de excitarles i amonestarles, que assi lo cumplan, i pospuestos otros qualesquier respetos, executen con atencion lo que se les ha encargado i mandado.
Loading...