De lo qual se infiere, que quando queramos conceder, que en la Persona del Rey nuestro Señor, no sea precisa, i forçosa esta obligacion de repartir siempre las Encomiẽdas Encomiendas entre benemeritos, por las razones que considera Antonio de Leon,
i ponderaremos en otro capitulo; en sus Virreyes, Governadores, i demas Ministros lo es tanto, que deben en conciencia cumplir con ella, executando lo que assi les està mandado por el due ño de ellas, como se puede probar por el simil del testador, que manda à sus herederos, ò albaceas, que hagan ciertas limosnas entre pobres, ò obras pias que èl especialmente dexa señalados, en que concluyen todos los textos, i Dotores que dèl tratan,
que deben elegir precisamente los nombrados, i que podran ser recusados, ò removidos del oficio, sino lo hizieren.
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