De lo qual se infiere, que quando queramos conceder, que en la
Persona del Rey nuestro Señor,
no sea precisa, i forçosa esta obligacion de repartir siempre las
Encomiẽdas
Encomiendas
entre benemeritos, por
las razones que considera Antonio
de Leon,
i ponderaremos en otro capitulo; en sus Virreyes, Governadores, i demas Ministros lo
es tanto, que deben en conciencia
cumplir con ella, executando lo
q̃
que
assi les està mandado por el due
ño de ellas, como se puede probar
por el simil del testador, que manda à sus herederos, ò albaceas, que
hagan ciertas limosnas entre pobres, ò obras pias que èl especialmente dexa señalados, en que concluyen todos los textos, i Dotores que dèl tratan,
que deben elegir precisamente los nombrados, i que podran ser recusados, ò
removidos del oficio, sino lo hizieren.