Pero Yo todavia, sin embargo de estas cedulas, i de otras cosas que nota, i adiciona Antonio de de Leon,
siempre he sido, i soy de parecer, que si la renunciacion, ò dexacion de la Encomienda es simple, pura, i absoluta, no se puede dudar, que obre, è induzga proprio, i verdadero modo de vacacion, como queda probado, i por el consiguiente, que los Virreyes, ò Governadores, en virtud de sus poderes, è instrucciones, las puedan proveer, pues se les dize en ellos generalmente, que puedan proveer, i provean, Las que estuvieren vacas, ò vacaren en su tiempo. Palabras indistintas, i univer sales, i que con igualdad de razon, i disposicion, comprehenden toda manera de vacante legitima,
especialmente la que se haze por renunciacion, que es una de las mas dignas, i verdaderas que pueden darse, como, refiriendo à otros lo concluye Flaminio Parisio,
i se funda en la razon natural, de que cada uno regularmente puede dexar, i abdicar de si lo que tiene, quando le pareciere, i una vez renunciado, no se le da recurso para bolver à ello.
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