AViendo ya
visto, que personas pueden dar,
i recebir Encomiendas, conviene
q̃
que
vamos tratando, que se requiere, para que
las puedan proveer legitimamente? I en primer lugar deben mirar
los que tienen esto à su cargo, de
no tratar de proveerlas, sin que
primero les conste, que verdadera,
i llanamente estan vacantes; porque assi se lo dan à entender los poderes, que para este efeto se les
despachan, pues entran diziendo,
que puedan proveer, i provean Las
que estuvieren vacas, ò vacaren en
su tiempo.