Pero mucho ay que dezir i discurrir cerca de la justificacion i
convenencia de este punto, i bolveremos sobre èl en otro lugar,
pues parece, que en buena razon,
si los meritos duran, debiera tambien durar, i continuarse el premio, que se dio por ellos, i que segun las disposiciones del derecho natural, comun, i del Reino,
à ningunos le tienen mayor los hijos, que à los que fueron de sus padres. Tanto que en una ley recopilada,
se dize, que las donaciones, i mercedes que el Rey hiziere, las debe hazer con acuerdo de
los de su Consejo, pero que esto no
ha lugar en los oficios i mercedes
que alli expressa, i vacaren de padre à hijo legitimo, porque estas
cosas puede dar el Rey à su voluntad, sin algun consejo, como dando à entender, que va seguro de no
poder errar si se las continua,
por ser esto en si tan corriente i obligatorio.