A los quales añado Yo, para
mayor explicacion de las dichas
cedulas, que
quādo
quando
en alguna ley,
ò otra disposicion, se haze mencion de
Dominio, basta que se verifique en el util. I lo mesmo es,
aun quando se usa de la palabra
Propriedad, sin embargo, que entre estas dos quieran constituir algunas diferencias muchos Autores, como despues de otros Antiguos, i larga disputa, siguiendo la
opinion de los que bien sienten, i
llamandola comun, lo
resuelvẽ
resuelven
Pinelo, Duareno, i otros doctos Modernos.