Para lo qual, pondero tambien una de nuestras leyes recopilada,
que prohibe à los Grandes, i Prelados, i otros Señores de España, que no puedan tomar servicios, ni derechos, ni yantares de las ciudades, villas, i lugares del Reino, de que pretendieren ser Comenderos, ni usar de jurisdicion en ellos, porque solo al Rey pertenecen tales Encomiendas.
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