DE lo que dexo dicho cerca del origen, i nueva formacion, ò reformacion de las Encomiendas, i de
sus causas, se puede aora deducir facilmente su difinicion,
aunq̃
aunque
nadie la aya tocado;
conviene à saber, que sean
Vn derecho concedido por merced Real, a los
Benemeritos de las Indias, para percebir, i cobrar para si los tributos de
los Indios
q̃
que
se les encomendaren por
su vida, i la de un heredero, conforme a la ley de la sucession, con cargo de cuidar del bien de los Indios en
lo espiritual, i
tẽporal
temporal
, i de habitar, i
defender las Provincias
dondẽ
donde
fuerẽ
fueren
encomendados, i hazer de cumplir todo esto, omenage, ò
juramento particular.