DE lo que dexo dicho cerca del origen, i nueva formacion, ò reformacion de las Encomiendas, i de sus causas, se puede aora deducir facilmente su difinicion, aunq̃ aunque nadie la aya tocado; conviene à saber, que sean Vn derecho concedido por merced Real, a los Benemeritos de las Indias, para percebir, i cobrar para si los tributos de los Indios que se les encomendaren por su vida, i la de un heredero, conforme a la ley de la sucession, con cargo de cuidar del bien de los Indios en lo espiritual, i tẽporal temporal , i de habitar, i defender las Provincias dondẽ donde fuerẽ fueren encomendados, i hazer de cumplir todo esto, omenage, ò juramento particular.
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