I yo tengo un Consejo manuscrito del docto i venerable varon
Fray Alonso de Castro, que estando, (segun parece) en Londres, el
año de 1558. à donde avia passado
en servicio, i seguimiento del señor
Rey Felipe II. fue consultado sobre este mesmo punto de las Encomiendas de
q̃
que
tratamos, i si se quitarian del todo, por las razones i
daños que ponderaba i exageraba
Chiapa, i finalmente resuelve, que
por el gran desconsuelo, que se causaria à los antiguos conquistadores, i pobladores de las Indias, si
se les quitassen, i las sediciones, i alborotos, que esto podria ocasionar
en Regiones tan apartadas, i
dōde
donde
estaba ya essotro recebido en
costũ
bre
costumbre
, se
podiā
podian
, i debian tolerar, i continuar, i aun venderse por el Rey, ò
perpetuarse, quando le pareciesse
ser conveniente.