Pero yo no alcanço, en que derecho se pueda aver fundado esta pratica, ni he sabido de casos algunos particulares, que en contraditorio juizio se ayan ofrecido, i litigado. que son los que pudieran introducirla:
i si, ni Indios, ni negros, han sido admitidos; serà, como dize Ricciulo, porque nunca lo han intentado, ô donde huviere estatutos, que generalmente excluyan todos los Infieles, i sus descendientes.
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